Desde la Fundación no pretendemos representar a nadie, no entablamos conversaciones políticas, ni institucionales en nombre de ningún colectivo, trabajamos arduamente en toda Latinoamérica para el reconocimiento y valoración del Acompañamiento Terapéutico, por que estamos convencidos que es la unica manera de enaltecer nuestra profesion
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domingo, 28 de agosto de 2016
domingo, 7 de agosto de 2016
viernes, 5 de agosto de 2016
jueves, 4 de agosto de 2016
De los colegas de JUJUY
NOTA DE PRENSA
SAN SALVADOR DE JUJUY,
3 DE AGOSTO DE 2016
Los integrantes de la Asamblea por la Salud Mental y los Derechos Humanos en la Provincia de Jujuy celebramos la sanción de la Ley Provincial nº 5.936 de adhesión a la Ley Nacional de Salud Mental nº 26.657 y de creación del Órgano de Revisión local, aprobada por unanimidad por la Honorable Cámara de Diputados el pasado miércoles 6 de julio.
Consideramos que este hecho implica un importantísimo avance en materia de política sanitaria y en política social. Reafirmando el ejercicio de los Derechos y garantías plasmados en los Principios de Naciones Unidas para la Protección de los Enfermos Mentales y para el Mejoramiento de la Atención de Salud Mental (resolución 46/119, 1991) y la Convención para el Mejoramiento de las Personas con discapacidad (ONU, 2007). A la par que nuestro compromiso ciudadano, técnico y profesional en la reducción del estigma, la disminución de la brecha en la atención y el desarrollo de un modelo comunitario en Salud Mental y adicciones, cuyos fundamentos son la accesibilidad, equidad y justicia social.
De este modo y acorde a la normativa vigente, consideramos que la Salud Mental es un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos cuya preservación y mejoramiento implica la concreción de los Derechos Humanos y Sociales de toda persona (Art. nº 3, Ley nacional 26.657). Promoviendo de este modo un modelo de atención interdisciplinaria e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria, comunitaria e integral de la Salud (Art. nº 9 Ley Nacional 26.657).
Esta iniciativa redobla nuestro esfuerzo y compromiso con el fortalecimiento del Sistema de Salud, el consenso social, la toma participativa de decisiones y la democratización a nivel comunitario e institucional.
SAN SALVADOR DE JUJUY,
3 DE AGOSTO DE 2016
Los integrantes de la Asamblea por la Salud Mental y los Derechos Humanos en la Provincia de Jujuy celebramos la sanción de la Ley Provincial nº 5.936 de adhesión a la Ley Nacional de Salud Mental nº 26.657 y de creación del Órgano de Revisión local, aprobada por unanimidad por la Honorable Cámara de Diputados el pasado miércoles 6 de julio.
Consideramos que este hecho implica un importantísimo avance en materia de política sanitaria y en política social. Reafirmando el ejercicio de los Derechos y garantías plasmados en los Principios de Naciones Unidas para la Protección de los Enfermos Mentales y para el Mejoramiento de la Atención de Salud Mental (resolución 46/119, 1991) y la Convención para el Mejoramiento de las Personas con discapacidad (ONU, 2007). A la par que nuestro compromiso ciudadano, técnico y profesional en la reducción del estigma, la disminución de la brecha en la atención y el desarrollo de un modelo comunitario en Salud Mental y adicciones, cuyos fundamentos son la accesibilidad, equidad y justicia social.
De este modo y acorde a la normativa vigente, consideramos que la Salud Mental es un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos cuya preservación y mejoramiento implica la concreción de los Derechos Humanos y Sociales de toda persona (Art. nº 3, Ley nacional 26.657). Promoviendo de este modo un modelo de atención interdisciplinaria e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria, comunitaria e integral de la Salud (Art. nº 9 Ley Nacional 26.657).
Esta iniciativa redobla nuestro esfuerzo y compromiso con el fortalecimiento del Sistema de Salud, el consenso social, la toma participativa de decisiones y la democratización a nivel comunitario e institucional.
Asamblea por la Salud Mental y los Derechos Humanos Jujuy. Trabajadores del campo de la Salud y la Salud Mental. Usuarios de los servicios de salud Mental y sus familias.
martes, 2 de agosto de 2016
NOTA DE PAGINA 12
PAGINA 12
EL GOBIERNO NACIONAL RESTRINGIO LOS AVANCES EN MATERIA DE DESMANICOMIALIZACION
Un golpe a la ley de Salud Mental
El Ministerio de Salud dejó sin efecto el impulso a acotar las internaciones. Y puso al frente de la aplicación de la ley a Andrew Santiago Blake, un ferviente opositor al cambio de paradigma en el área de la salud mental. Las críticas a las medidas.
Un golpe a la ley de Salud Mental
El Ministerio de Salud dejó sin efecto el impulso a acotar las internaciones. Y puso al frente de la aplicación de la ley a Andrew Santiago Blake, un ferviente opositor al cambio de paradigma en el área de la salud mental. Las críticas a las medidas.
› Por Carlos Rodríguez
El gobierno de Mauricio Macri, a través del Ministerio de Salud de la Nación, derogó una resolución por la que se establecía que antes del 10 de septiembre de este año debía fijarse el “límite máximo de camas” con la finalidad de reducir las internaciones en los hospitales monovalentes y psiquiátricos públicos y privados, comúnmente llamados manicomios, en el marco de la aplicación de la Ley Nacional de Salud Metal. La resolución despertó críticas porque además significa un golpe mortal a la ley nacional, dado que su aplicación queda ahora en manos del director nacional de Salud Mental, Andrew Santiago Blake, confeso opositor a la norma que se debe impulsar.
El gobierno de Mauricio Macri, a través del Ministerio de Salud de la Nación, derogó una resolución por la que se establecía que antes del 10 de septiembre de este año debía fijarse el “límite máximo de camas” con la finalidad de reducir las internaciones en los hospitales monovalentes y psiquiátricos públicos y privados, comúnmente llamados manicomios, en el marco de la aplicación de la Ley Nacional de Salud Metal. La resolución despertó críticas porque además significa un golpe mortal a la ley nacional, dado que su aplicación queda ahora en manos del director nacional de Salud Mental, Andrew Santiago Blake, confeso opositor a la norma que se debe impulsar.
Ante la noticia, la Asociación Pensamiento Penal (APP) señaló que decisiones como estas, junto con “la carencia de recursos destinados” a la Atención Primaria de Salud, representan “una clara intención de obstaculizar la plena implementación de la Ley Nacional de Salud Mental”. La entidad recalcó que esto abre “el camino al empoderamiento del sector privado”, profundizando lo que la Organización Mundial de la Salud (OMS) define como “la mayor de las violaciones a los derechos de las personas con padecimiento mental, que es el acceso a los servicios de salud”.
La crítica está dirigida a la resolución 1003/2016 del Ministerio de Salud de la Nación, publicada el 19 de julio en el Boletín Oficial, que deja sin efecto la 1484, de septiembre de 2015, que propiciaba “asegurar el derecho a la protección de la Salud Mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos” establecido por la Ley de Salud Mental 26.657, que en lo esencial dispone “la prohibición de creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados”.
En el caso de los ya existentes, la resolución 1484 recordaba que debían adaptarse a los “objetivos y principios” de la Ley de Salud Mental nacional “hasta su sustitución definitiva”. La resolución ahora derogada fijaba las “normas mínimas” para la habilitación de los establecimientos, que debían aplicarse con un plazo máximo fijado para el 10 de septiembre de este año.
Al derogar la resolución 1484, el Ministerio de Salud dispuso ahora la creación de una Comisión ad hoc que tendrá a su cargo “la elaboración de normas de habilitación de los establecimientos de Salud Mental y Adicciones”. La facultad para convocar a los integrantes de esa comisión fue delegada en el director nacional de Salud Mental, Andrew Santiago Blake, declarado y ferviente opositor a la Ley Nacional de Salud Mental y a la Ley 448 vigente en la Ciudad de Buenos Aires.
A Blake se lo reconoce por promulgar el retorno al paradigma médico hegemónico, desacreditando el aporte de los psicólogos a la salud mental y por acumular denuncias de médicos, trabajadores y profesionales de los hospitales Ricardo Gutiérrez, Juan Garrahan y Arturo Ameghino por una agresión física sufrida por Liliana Hilario, presidenta de la Asociación de Profesionales del Ameghino.
Angel Barraco, de la Red por la Plena Implementación de la Ley de Salud Mental nacional, sostuvo, al conocerse la designación de Blake como director nacional de Salud Mental, que se trata de “un personaje resistido desde su designación como coordinador de redes de Salud Mental por el gobierno porteño. Las críticas, dijo Barraco, “no solo son porque se opone a la Ley (de Salud Mental) sino porque tiene un mecanismo autoritario”.
Norma Slepoy, titular de la Cátedra Libre de Salud y Derechos Humanos de la Facultad de Medicina, también integrante del Consejo Consultivo Honorario que debía participar en la aplicación de la derogada resolución 1484, le dijo a Página/12 que ese cuerpo está “en una especie de limbo”, sin tener ninguna intervención, debido al incumplimiento de las leyes de Salud Mental nacional y porteña. De todas maneras, los integrantes del cuerpo funcionan autoconvocados y se reunirán para fijar su posición frente “a un nuevo retroceso”.
En ese marco, la Asociación Pensamiento Penal expresó su preocupación por la derogación de la resolución 1484 que deja sin efecto el límite máximo de camas permitidas por cada establecimiento que prescribía la anterior normativa.
En este sentido, sostuvo la entidad que “cuestionar la reducción de camas de los servicios monovalentes dilata la posibilidad de externación de los sobrevivientes de salud mental de los neuropsiquiátricos, y perpetúa y legitima el encierro y la alienación de los pacientes, cuando el Estado debiera crear políticas y disponer programas de inclusión social y atención primaria y comunitaria de las personas con este tipo de padecimiento”. En su declaración, la APP hace suyas las observaciones realizadas en su momento por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en su informe “Vidas arrasadas”, referido a la “segregación de las personas en los asilos y psiquiátricos argentinos”.
Al mismo tiempo, la APP señaló que “subsiste la carencia de recursos destinados a Atención Primaria de Salud, lo cual representa una clara intención de obstaculizar la plena implementación de la Ley Nacional de Salud Mental”. Concluyó que “lamentablemente a este panorama se suman una serie de acciones, obstáculos y desmantelamientos que el gobierno nacional viene realizando sistemáticamente frente a distintos organismos” creados a partir de la reglamentación de la Ley Nacional de Salud Mental.
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